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¿Podemos ayudarle?
junio 20, 2018

¿Qué puedo hacer si ocupan ilegalmente mi casa?

La reforma de la LEC: desalojo urgente de viviendas ocupadas ilegalmente.

El día 2 de julio de 2018 entrará en vigor, después de 20 días en el BOE (Boletín Oficial del Estado), la Ley que regula los desalojos urgentes para quienes ocupan viviendas.

La norma, una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pretende crear un nuevo procedimiento, una variante del juicio verbal posesorio previsto en el artículo 250.1.4º LEC articulando un procedimiento específico. Consiste en recuperar de forma inmediata la posesión de un bien inmueble destinado a vivienda que ha sido ocupado ilegalmente y restituirla a su legítimo poseedor

Es decir, dicha norma, agiliza el procedimiento judicial para desalojar a quienes se instalan en viviendas ajenas contra la voluntad de sus dueños, sin disponer de un contrato de alquiler o de un acuerdo de cesión que les habilite para vivir en ellas.

¿Qué es el desahucio exprés?

El propietario presenta una demanda de juicio verbal en la que solicita “la inmediata entrega de la posesión de la vivienda” y el juzgado da a los ocupantes, que no tienen por qué estar identificados, cinco días para que presenten “título que justifique su situación posesoria”; es decir, un contrato de arriendo o un acuerdo de cesión que avale su presencia en la casa.

Transcurrido ese plazo, el juzgado ordena el desalojo en una resolución que no se puede recurrir, siempre que el demandante haya probado la propiedad, normalmente presentando las escrituras o una nota simple del Registro, y los ocupantes no aporten ninguno de esos documentos.

Si los denunciados no contestan a la demanda, la sentencia se ejecuta “sin necesidad de que transcurra el plazo de veinte días” para el desalojo que ahora se aplica en cualquier desahucio.

 

¿Qué margen de maniobra posee el denunciado?

Las posibilidades de responder a la demanda quedan reducidas a argumentar la existencia de título suficiente frente al actor para poseer la vivienda o la falta de título por parte del actor. Es decir,  probar la existencia de un arriendo o una cesión o a demostrar que quien quiere desahuciarle no es el dueño ni tiene derecho a poseer esa casa.

 

En conclusión, la nueva regulación del desahucio exprés promete agilizar los trámites y reducir los plazos de espera, facilitando a los legítimos propietarios el desalojo de sus viviendas en el caso de que resulten ocupadas ilegalmente.

 

EQ ABOGADOS