We use, we bake and we eat cookies. By browsing our site you agree to our use of cookies. Okay! Learn more

¿Podemos ayudarle?
septiembre 18, 2018

EL DIVORCIO DEL EMPRESARIO

Cuando contraes matrimonio e inicias una nueva etapa en tu vida junto a la persona que amas, normalmente tu mentalidad en el aspecto económico-empresarial es “cortoplacista”, es decir, al estar cegado por el amor, el planteamiento de una posible ruptura y las consecuencias económicas para tu patrimonio empresarial futuro – a corto plazo – ni se te pasa por la cabeza.

Por ello, en el ámbito del asesoramiento jurídico – preventivo de EQ Abogados, debes saber la importancia que tiene el régimen económico que regule tu matrimonio.

En España, el régimen económico matrimonial que se aplica – salvo que se modifique por acuerdo entre los cónyuges – es el de “Sociedad Legal de Gananciales”, en el que los ingresos percibidos por el empresario se incluyen en el patrimonio común del matrimonio (bienes gananciales) y pertenecen al 50% a ambos cónyuges.

Curiosamente, en el derecho foral que rige en Cataluña, el régimen económico matrimonial que se aplica es el de “Separación de Bienes”, en el que los ingresos percibidos por el empresario le pertenecen a Él, sin que tenga ninguna participación el otro cónyuge. Es la implementación en la vida marital de la famosa frase: “La pela es la pela”.

Para evitar las desagradables sorpresas que surgen cuando, como empresario, te planteas o te plantean el divorcio, existen vías para prever todos los aspectos económicos que estén relacionados con tu nueva etapa marital, así como también existe la posibilidad de modificar el régimen económico que a día de hoy regula, en tu caso, a quién pertenecerá tu futuro patrimonio.

Nuestro asesoramiento preventivo, en este y otros aspectos, te puede ahorrar sorpresas desagradables.

EQ Abogados y Consultores.